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Ayuda general

¿Qué es la Sede electrónica?

La Sede Electrónica del Ayuntamiento de Lleida es el lugar de Internet desde el cual los ciudadanos pueden ejercer su derecho de acceso a la información, a los servicios y a los trámites de la Administración pública de manera telemática, con garantía de la integridad y veracidad del contenido, ya que, tal como dispone la Ley 39/2015. de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, el titular de la Sede (en este caso, el Ayuntamiento de Lleida) es responsable de la veracidad, la integridad y la actualización del contenido.

La información que se puede encontrar a la Sede es la relativa a:

Normativa, documentos públicos, diarios oficiales, convocatorias de ofertas de trabajo, perfil del contratante, actos y edictos, etc. del Ayuntamiento de Lleida

Los trámites y las gestiones que se pueden hacer con el Ayuntamiento a través de Internet, sin tener que desplazarse hasta sus dependencias. Los trámites en línea facilitan la relación entre la ciudadanía y  el Ayuntamiento y acercan la Administración a las personas.

¿A quien va dirigida?

A todos los ciudadanos que opten por interactuar con el Ayuntamiento de Lleida a través de Internet.

¿Qué se puede hacer en la Sede electrónica?

Realizar gestiones que hasta ahora se realizaban de forma presencial. Consultar información referente a normativa, subvenciones, documentos públicos, diarios oficiales, convocatorias de oferta de trabajo, perfil de contratante, etc.

¿Tienen la misma validez las gestiones realizadas en la Sede que de forma presencial?

Sí, tienen la misma validez los trámites realizados a través de la Sede Electrónica que los efectuados de forma presencial.

¿Es seguro utilizar los servicios de la Sede?

La comunicación entre usted y la Sede es segura. Toda la información viaja cifrada, los certificados electrónicos garantizan la identidad de las dos partes. Los datos personales que usted envía por Internet están cifrados y, una vez guardados en nuestros sistemas, utilizamos los medios necesarios para protegerlos, en cumplimiento de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal y de su normativa de desarrollo.

¿Cuando se puede utilizar la Sede electrónica?

Se puede acceder a ella para realizar trámites y consultar información durante 24 horas los 365 días del año desde cualquier lugar.

Debe tener en cuenta que los trámites realizados en días inhábiles se entenderán efectuados el primer día hábil siguiente.

¿Que fecha y hora se tienen en cuenta para el cómputo de plazos?

Para el cómputo de plazos de cualquier trámite, la fecha y la hora que tendrán validez legal serán las oficiales de la Sede y no las del equipo desde el cual se realice el trámite (tal como dispone el articulo 31.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas). Por lo que respecta a la fecha y hora, se tendrán en cuenta las de confirmación del trámite, cuando el ciudadano confirma la solicitud y/o los documentos y recibe el recibo correspondiente del Registro. Por ejemplo, suponemos un trámite administrativo el plazo del cual acaba el 20 de septiembre. Si usted comienza a rellenar su solicitud a les 23:50 horas pero acaba a les 00:10 horas del día siguiente la solicitud estará fuera de plazo.

Además, debe tener en cuenta que los trámites realizados en días inhábiles se entenderán efectuados el primer día hábil siguiente.

¿Qué es la copia electrónica auténtica?

La copia electrónica auténtica es un documento electrónico, firmado digitalmente, que es idéntico y tiene la misma eficacia jurídica que el documento electrónico original que aparece en la Sede Electrónica en el momento en qué se hace la consulta. Debe tener en cuenta que la validez legal la tiene el documento digital, no la copia impresa en papel.

Tendrán la consideración de copia auténtica de un documento público administrativo o privado las realizadas, cualquiera que sea su soporte, por los órganos competentes de las Administraciones Públicas en las que quede garantizada la identidad del órgano que ha realizado la copia y su contenido. Las copias auténticas tendrán la misma validez y eficacia que los documentos originales, tal como establece el artículo 27.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

¿Qué es el registro electrónico de publicaciones?

El registro de publicaciones de la Sede Electrónica recoge las evidencias electrónicas en relación a la publicación y la disponibilidad de los contenidos de la Sede.

Las evidencias electrónicas son el rastro que deja el contenido dentro la Sede. Permiten demostrar el momento en qué ha estado publicado cada uno de los contenidos y el tiempo que ha estado disponible a la Sede. También permiten demostrar que si durante este tiempo el contenido ha variado. En cualquier caso, las evidencias electrónicas permiten demostrar quien ha llevado a término cada una de las acciones.

La otra característica de las evidencias electrónicas es la correcta preservación de la cadena de custodia, de manera que existen garantías que la prueba no puede ser manipulada y, por tanto, puede ser presentada delante un tribunal como prueba fehaciente y verídica. De esta manera, quedan garantizados los derechos de los ciudadanos y la independencia y la transparencia de los contenidos de la Sede Electrónica.

¿Qué es la firma electrónica?

La firma electrónica es el conjunto de datos en forma electrónica (consignadas juntamente con otras o asociadas a ellas) que permiten identificar la persona firmante, intercambiar información con otras personas y entidades de manera segura y firmar electrónicamente los datos que se envían, de tal forma que se puedan comprobar su integridad y procedencia.

La firma electrónica reconocida tiene, respeto de los datos consignados en forma electrónica, el mismo valor que la firma manuscrita en relación a los datos consignados en los documentos en papel (Art. 3 de la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica).

Para poder acceder a algunos de los servicios y trámites de la Sede Electrónica, los usuarios tendrán que suministrar los datos imprescindibles para la prestación del servicio y/o trámite.

El responsable de este fichero es el Ayuntamiento de Lleida con CIF P2515100B y domicilio Pl. Paeria núm.: 1, 25007 de Lleida.

Estos datos se incorporarán a los correspondientes fichero informatizados del Ayuntamiento de Lleida y serán tratados en conformidad con la regulación establecida por la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal, y otras disposiciones de aplicación.

Los datos recogidos únicamente serán objeto de cesión, en su caso, previo consentimiento del interesado y de acuerdo con el previsto en la mencionada Ley Orgánica de Protección de datos de carácter personal.

Las personas usuarias podrán ejercer el derecho de acceso, cancelación, rectificación y oposición reconocidos por la normativa de protección de datos, solicitándolo personalmente a través del buzón de sugerencias de este servicio o por teléfono, por correo, por fax o por correo electrónico a la Oficina de Atención Ciudadana.

OMAC (Oficina Municipal de Atención Ciudadana)
Ramba Ferran, 32, 25007, Lleida
Fax: 973.700.471
infocit@paeria.es

Más información:

Aviso y recomendaciones de seguridad

Ajuntament de Lleida advierte a los usuarios de la Sede Electrónica que en ocasiones se pueden producir intentos de phising, suplantando la identidad de Ajuntament de Lleida.

En caso de duda sobre la autenticidad de cualquier correo electrónico o lugar de Internet que afirme ser propiedad de Ajuntament de Lleida, contacte con el Servicio de assessoramiento al usuario, para verificar su autenticidad. 

El certificado digital es de caracter estrictamente personal. La persona usuaria de la Carpeta Ciudadana es responsable y tiene la obligación de conservar el certificado digital y la clave de acceso y a no facilitarlos a terceras personas. En caso de incumplimiento de estos compromisos, el usuario asumirá las posibles responsabilidades que se deriven.

Será oblicación de la persona usuaria la comunicación inmediata de las situaciones o hechos que puedan afectar la confidencialidad y la seguridad, como la perdida o el robo de las claves de identificación y autentificación.

El usuario autoriza al Ayuntamiento a no ejecutar las órdenes o solicitudes cuando haya dudas razonables sobre la identidad de la persona que las emite.

Para cualquier consulta sobre sus derechos, puede digirirse a la Agencia catalana de protección de datos.

Recomendaciones de seguridad 

  • Nunca le pediremos por correo electrónico ni su certificado ni su código PIN. Desconfíe si alguien se los pide.
  • Mantenga actualizado su sistema operativo, antivirus y navegador.
  • Acceda a la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Lleida desde un web fiable. No acceda desde enlaces que encuentre en correos electrónicos ni en otros webs.
  • No escriba el código PIN de su certificado si hay alguien cerca que pueda distinguir qué teclea.
  • Nunca no guarde el código PIN de su certificado si se encuentra en un ordenador que no es habitual.
  • Cierra correctamente el navegador si utiliza ordenadores de lugares públicos o a los cuales tengan acceso terceras personas.
  • Escoja un código PIN difícil de encertarlo para reforzar su seguridad. No utilice datos fácilmente deducibles como la fecha de nacimiento, o que lleve anotadas en algún lugar.

Si no encuentra lo qué busca o necesita ayuda

A la parte superior derecha de la pantalla encontrará un buscador que le facilitará el acceso a los contenidos.

Ayuda de certificados

¿Qué es un certificado digital?

Es un documento electrónico que garantiza la identidad de una persona en un sistema informático y permite realizar trámites telemáticos con plenas garantías técnicas y jurídicas en diferentes portales o plataformas.

Los certificados han de ser emitidos por una entidad de certificación (entidad de confianza que se encarga de verificar las identidades certificadas, como por ejemplo, la Generalitat de Catalunya).

¿Que aspecto tiene un certificado digital?

Como que se trata de un fichero electrónico, el certificado puede encontrarse en una memoria USB, en un CD, instalado en un ordenador o contenido en una tarjeta con un chip integrado.

Para saber si ya tenemos algún certificado instalado al ordenador, lo podemos buscar al navegador web:

En el caso que el navegador sea Internet Explorer habréis de acceder a:

Herramientas - Opciones de Internet - A la pestaña" Contenido", clicar el botón "Certificados". Si el certificado está correctamente instalado, aparecerá a la pestaña "Personal" de esta ventana.

En  el caso que el navegador sea Mozilla Firefox habréis de acceder a:

Herramientas - Opciones – Avanzado - En la pestaña "Cifrado", clicar el botón "Visualiza los certificados". Si el certificado está correctamente instalado, aparecerá a la pestaña "Vuestros certificados" de esta ventana.

¿Para qué sirve un certificado digital?

Un certificado digital permite:

  • Identificarse y garantizar la identidad del usuario a Internet.
  • Firmar documentos electrónicos con validez legal.
  • Enviar información entre dos partes de forma segura y íntegra.
  • Acceder al servicio de una forma más directa, ya que no es necesario recordar el usuario y la llave.
  • Acceder a información personal y/o contenidos restringidos.

¿Como se puede obtener un certificado digital?

En Cataluña, el principal proveedor de certificados digitales es la Agencia Catalana de Certificación, CATCert. A través de su web www.idcat.net, se puede iniciar el trámite para obtener el certificado. El proceso consta de tres pasos muy sencillos:

  • Solicitar el certificado a través de Internet.
  • Validarlo en cualquier Entidad de Registro Validadora, donde se comprobará la veracidad de los datos.
  • Instalarlo al ordenador.

El certificado idCAT, que emite la Agencia Catalana de Certificación, es gratuito. Su principal ventaja es su portabilidad, ya que el certificado se puede utilizar en cualquier ordenador.

Los nuevos DNI ya incorporan certificados electrónicos. En este caso, para utilizarlos, es indispensable un lector de tarjetas. Se puede encontrar más información al web oficial del DNI electrónico http://www.dnielectronico.es.

La Fábrica Nacional de Moneda y Timbre también ofrece un certificado digital ampliamente reconocido A través del su web http://www.fnmt.es se puede iniciar el trámite por solicitarlo.

¿Como se utiliza un certificado digital?

Para utilizar un certificado se necesita:

    1. Disponer de un certificado digital reconocido por la Carpeta de servicios y trámites (idCAT, DNIe ...).
    2. Tener un dispositivo USB o lector de tarjetas chip compatible con el certificado.
    3. Tener instalados correctamente los componentes de software que ha proporcionado la entidad emisora del certificado y los drivers del dispositivo USB o lector de tarjetas.

¿Que validez legal tiene un certificado digital?

Según el articulo 3 de la Ley 59/2003, de 19 de desembre, de Firma Electrónica, "la firma electrónica reconocida tendrá respeto a los datos consignados en forma electrónica el mismo valor que la firma manuscrita en relación con las consignadas en papel".

¿Que certificados se admiten?

Los ciudadanos que se relacionen a través de mediados telemáticos con el Ayuntamiento de Lleida  podrán utilizar, en cualquier caso, los sistemas de firma electrónica emitidos por las siguientes entidades prestadoras de servicios de certificación:

Consulte los enlaces de cada entidad para ver la información sobre como obtener el correspondiente certificado digital.

Además, el Ayuntamiento  de Lleida se ha constituído como Entidad de Registro colaboradora de la Agència Catalana de Certificació para la expedición del  certificado digital idCAT a la ciudadanía, consulte la información sobre cómo obtener este certificado.

¿Se pueden utilizar diversos certificados?

Usted puede tener más de un certificado en su ordenador y en el momento de utilizarlo se le preguntará cual de ellos quiere utilizar.

Resolución de problemas

¿Qué cal hacer si no se puede acceder con certificado?

  • Comprobar que el navegador conozca el certificado
  • Si no se encuentra el certificado al navegador:
    • Si se utiliza una tarjeta con chip o un llavero USB, cal asegurarse que está correctamente conectada.
    • Asegurarse de haber seguido correctamente las instrucciones de utilización proporcionadas por la entidad emisora del certificado.
    • Si a pesar de todo no se encuentra el certificado, contactar con el servicio técnico del emisor del certificado.
  • Si encuentras el certificado al navegador pero:
    • Si es navega con Firefox y se tiene más de un certificado, cal marcar la opción: Herramientas – Opciones – Avanzado – Cifrado – Seleccionando uno automáticamente.
    • Comprobar que el certificado no haya caducado.
    • Comprobar que el certificado no muestra ningún error de comprobación.
  • Comprobar que sea uno de los certificados admitidos a la web.
  • Cerrar y reiniciar el navegador.
  • Reiniciar el ordenador y volverlo a probar.

¿Qué cal hacer si no se puede acceder con el llavero IdCat?

Instalar el programario del llavero.
Para Internet Explorer:

Para Mozilla Firefox:

  • Instalar el soporte para Mozilla Firefox des de el Inicio – programas – CATcert –llavero idCAT o instalar las claves públicas de idCAT des de http://www.idcat.net

Cal asegurarse que se tiene el llavero conectado i que el ordenador lo reconoce.

Asegurarse que el certificado no está revocado, bloqueado o que ha caducado.

Si continúa fallando, reiniciar el ordenador.

Resolución de problemas del llavero idCAT:

http://www.idcat.net
902 901 080
info@catcert.net

¿Qué cal hacer si no se puede acceder con el DNI electrónico?

  • Asegurarse que se ha instalado el programario correcto de http://www.dnielectronico.es
  • Asegurarse que se ha instalado les claves públicas necesarias des de http://www.dnielectronico.es
  • Asegurarse que el ordenador tiene correctamente instalado un lector de tarjetas criptográficas.
  • Asegurarse de tener el DNIe correctamente inserido dentro el lector de tarjetas criptográficas.
  • Comprobar que el certificado no haya caducado o que este revocado o bloqueado.
  • Si continúa fallando, probar de reiniciar vuestro ordenador.

Resolución de problemas del DNIe al Servicio de Atención a la Ciudadanía
http://www.dnielectronico.es
900 364 463
sac@dnielectronico.es

De acuerdo con el artículo 6 del Reglamento para el uso de la lengua catalana en el Ayuntamiento de Lleida, de fecha 5 de noviembre de 2014, "los impresos deben ofrecerse en la versión catalana, sin perjuicio del derecho de los particulares a rellenarlos en castellano. Las versiones en castellano estarán a su disposición si la persona interesada lo solicita", en el siguiente trámite.

Dacord amb larticle 6 del Reglament per a lús de la llengua catalana a lAjuntament de Lleida, de data 5 de novembre de 2014, "els impresos shan doferir en la versió catalana, sense perjudici del dret dels particulars a omplir-los en castellà. Les versions castellanes seran a llur disposició si la persona interessada ho demana", en el següent tràmit.

Sede Electrónica
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